viernes, 4 de junio de 2010

PREGUNTAS FRECUENTES "SUBSIDIO DE VIVIENDA"

QUÉ ES EL SUBSIDIO DE VIVIENDA?
Es un aporte estatal en dinero, que se otorga por una sola vez al beneficiario, y que constituye un com­plemento de su ahorro, para facilitarle la adquisición, construcción o mejoramiento de una solución de vivienda de interés social.

¿CUÁL ES EL VALOR DEL SUBSIDIO?
El valor del subsidio depende del tipo de vivienda que se desee y que pueda adquirir.

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DEL SUBSIDIO?
Incrementar la cobertura, eficiencia y efectividad del subsidio, y garantizar la transparencia y efectividad en la distribución de los recursos, orientándolos de manera prioritaria a la población con menores ingresos y mayores condiciones de vulnerabilidad.

¿QUIÉN OTORGA EL SUBSIDIO PARA VIVIENDA URBANA?
El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, haciendo uso de recursos del Fondo Nacional de Vivienda.

¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR EL SUBSIDIO?
Los hogares que tengan ingresos inferiores a cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes y que provengan de una actividad informal o independiente.

¿QUÉ SE ENTIENDE POR HOGAR?
Se entiende por hogar el conformado por los cónyuges, las uniones maritales de hecho o grupo de personas unidas por vínculos de parentesco hasta tercer grado de consanguinidad (sobrinos), segundo de afinidad (suegros) y primero civil (esposos), que compartan un mismo espacio habitacional.

REQUISITOS PARA ACCEDER AL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA URBANA
· Tener conformado un hogar de dos o más personas.
· Contar con ingresos totales mensuales del hogar no superiores a cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes, provenientes de una actividad informal o independiente.
· No ser propietarios de vivienda (excepto para solicitar subsidio de mejoramiento de vivienda o construcción en sitio propio).
· Tener un ahorro previo como mínimo igual al 10% del valor total de la vivienda que se quiere adquirir.
· No haber sido beneficiario anteriormente de un subsidio familiar de vivienda
· No haber sido beneficiario de préstamos del Instituto de Crédito Territorial o del Fondo Nacional del Ahorro.

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